Parejas de hecho en Cataluña, ¿Qué dice la normativa?

Los tiempos están cambiando y cada vez hay más parejas que eligen no pasan por el altar y eligen formas alternativas de legalizar su unión sentimental y familiar. Es aquí donde entra en juego la pareja de hecho o la pareja estable, una institución intermedia que no equivale al matrimonio en términos de derechos y obligaciones, pero ofrece un paraguas importante de protección para aquellas parejas de deciden acogerse a este régimen matrimonial.

Se entiende por pareja de hecho la unión de dos personas que viven en una comunidad de vida análoga al matrimonio.

¿Cómo constituir una pareja de hecho?

Para obtener los derechos de la pareja de hecho, debe registrarse en el registro de parejas o notarios correspondientes para ser adecuadamente válidos y verificados adecuadamente ante la ley.

Normativa jurídica aplicable:

La regulación de la unión de la pareja de hecho está sujeta a las reglas establecidas por la comunidad autónoma donde residen los miembros de la pareja. En el caso de Cataluña, el Código Civil y el resto de las regulaciones aplicables coinciden con los derechos y obligaciones de las parejas estables con los de los matrimonios convencionales.

Requisitos para constituir una pareja de facto:

  • Los dos miembros de la pareja deben ser de edad legal.
  • Deben presentar una acreditación de cohabitación, que ha estado viviendo juntos durante algunos años o dos. Este documento debe ser firmado por testigos.
  • Ninguno de los dos miembros de la pareja puede casarse legalmente o deshabilitar.
  • Al menos uno de los dos miembros debe estar registrado en la comunidad autónoma donde se realiza la solicitud.
  • Debes tener dos testigos durante el proceso.

Derechos de la pareja de datos:

  • Tienen los mismos derechos que el matrimonio en términos de hijos. Incluye los derechos de los padres, la pensión de alimentos, la custodia compartida…
  • Una pensión de viudez: se debe demostrar un período de coexistencia mínimo de cinco años y no pueden tener mayores ingresos hasta el límite establecido por la Seguridad Social de la comunidad autónoma.
  • Régimen económico: pueden establecer un acuerdo y registrarlo para definir su régimen económico de acuerdo con su voluntad.
  • Permisos laborales: especialmente en casos de enfermedad grave o muerte del otro miembro.
  • Derechos fiscales: NO pueden tributar conjuntamente el impuesto sobre la renta personal
  • Derechos de sucesión: en el caso de la muerte sin testamento, la pareja tiene derecho a heredar

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